Frente al contenido de la lista de admitidos y no admitidos, 12 aspirantes presentaron las correspondientes reclamaciones.
De estas circunstancias nace el hecho de que, en ejercicio de su actividad, el comité efectuó una revisión de los actos administrativos regulatorios del proceso, encontrando ambigüedades que efectivamente generaron confusión a los participantes y crearon escenarios de inseguridad jurídica para estos. Todo ello con relación a lo consignado en el articulado que referencia: Los documentos exigidos para el análisis de antecedentes, experiencia y demás anexos de la hoja de vida (Artículo 14 numeral 3, literales c y h, artículo 14 numeral 4) y la verificación de los requisitos mínimos (Artículo 15 numeral 3).
MUNICIPAL-FINAL-PUBLICAR-DIC-22