Se implementan acciones de teletrabajo y se ajustan medidas de pico y placa
Teniendo en cuenta la actual coyuntura de salud pública relacionada con el brote del Coronavirus (COVID-19) y en atención a las directrices impartidas por el Gobierno Nacional y Departamental[1], la Universidad del Quindío se permite informar las siguientes medidas de carácter preventivo que deberán implementarse en coordinación con vicerrectores, decanos, directores de programa, jefes de oficina:
Luego del tamizaje realizado a los funcionarios y contratistas administrativos de la Universidad, se tomarán medidas específicas para algunas personas que suministraron información relacionada con sus antecedentes y que los hace vulnerables en medio de esta situación de salud pública. Estas acciones serán coordinadas por el área de Gestión Humana y los jefes inmediatos. En este sentido, las personas que presentaron las siguientes características tendrán un tratamiento diferenciado:
a. Mujeres en estado de gestación.
b. Personas con problemas respiratorios crónicos, o tratamientos de enfermedades de alto riesgo.
c. Personas que tengan 60 años o más años de edad.
d. Personas con problemas como hipertensión arterial, diabetes, o patología cardiovascular.
e. Personas con problemas de inmunodeficiencia o inmunodeprimidos, personas en tratamiento de cáncer.
f. Personas que tengan síntomas de resfrío o gripa deberán informarlo a los jefes inmediatos, quienes autorizarán el trabajo en casa como medida preventiva. De presentarse en la Institución debe remitirse al Centro de Salud, quienes determinarán el grado de riesgo y emitirán el número de días que estará en incapacidad hasta que se superen los mencionados síntomas. Una vez superada la incapacidad médica, debe informar al jefe inmediato y tomar la medida de teletrabajo en el turno que el jefe lo disponga. De existir incapacidad médica, esta se deberá comunicar a la jefatura de Talento Humano, sin embargo, se trata de no saturar el Sistema de Salud Departamental.
g. Personas que después del tamizaje salgan con índice de vulnerabilidad ante el Coronavirus.
[1] A través de las circulares 017 del 24 de febrero de 2020 , la Circular 019 del Ministerio de Educación, la Circular externa 018 de 10 de marzo de 2020, la Resolución 385 del 12 de marzo del Ministerio de Salud y Protección Social, la Resolución 407 que modifica la resolución 385 de 2020, la Circular conjunta 011 de Minsalud y MinEducación, las medidas informadas por el señor Presidente de la República el día 15 de marzo de 2020, las directrices dadas por el Ministerio de Educación y el comunicado emitido por la Gobernación del Departamento del Quindío el día 16 de marzo,
2. Se establecen, para todo el personal administrativo, dos turnos de trabajo (A y B) que permitirán desarrollar las diferentes labores misionales sin poner en riesgo la integridad de las personas. Esta estrategia está determinada en el marco de la Ley 1221 del año 2008:
SEMANA 1 | SEMANA 2 | SEMANA 3 | |
24 al 27 de marzo | 30 marzo al 3 abril | 13 al 17 de abril | |
TURNO A | Martes y jueves | Lunes, miércoles y viernes | Martes y jueves |
TURNO B | Miércoles y viernes | Martes y jueves | Lunes, miércoles y viernes |
Lo anterior, como toda esta circular puede tener variaciones de acuerdo a la evolución de la crisis.
Los jefes de cada dependencia deberán coordinar la distribución de sus equipos de trabajo en ambos turnos (50 % en turno A y 50% en turno B), garantizando siempre que haya una persona por cada proceso. En caso de que solo una persona maneje el proceso, esta deberá estar atenta desde su casa para dar respuestas a las inquietudes que se presenten frente a su proceso.
3. Vicerrectores, decanos, directores de programa, jefes de oficina, en acompañamiento de los profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo, tienen la responsabilidad de valorar cada una de las condiciones señaladas anteriormente y las demás circunstancias que se puedan presentar de manera individual dentro del entorno familiar de los funcionarios de la dependencia a su cargo, con la finalidad de autorizar las acciones a tomar.
Una vez valorado y autorizado por el Centro de Salud, se determinará la medida de trabajo en casa, se deberá acordar la forma y plazo de entrega de las actividades a desarrollar bajo esta medida, excepcional, con el superior inmediato, cuyo control se realizará a través del correo electrónico o a través de la INTRAWEB según sea el caso, y las reuniones o actividades que requieran de una videoconferencia se realizará por los medios que determine el área de Sistemas y Nuevas Tecnologías. Para los prestadores de servicios, la interacción con la Universidad, se desarrollará a través de medios electrónicos y directamente con sus supervisores. Cada superior jerárquico, debe reportar a la oficina de Gestión Humana los turnos que se van a realizar en cada dependencia.
4. Se solicitará el apoyo del área de sistemas, en los casos en que se requiera instalación de programas en portátiles o accesos remotos, en este caso, solo podrá ser autorizado por el superior jerárquico.
5. Es importante tener en cuenta que la medida de trabajo en casa representa unos compromisos por parte de la Institución y del trabajador, por tanto, durante la jornada laboral deberá estar disponible en casa y conectado para dar respuesta a las necesidades de la Institución y para cumplir con sus actividades laborales, deberá estar listo personal y físicamente, (vestido acorde a la jornada laboral, en las condiciones de espacio debidas), para atender cualquier reunión virtual a la que pueda ser citado. Si no cuenta con las herramientas como un computador, se puede realizar el trabajo a través de aplicaciones de teléfono celular.
6. Debido a la situación epidemiológica se reitera la importancia de acogerse a las medidas preventivas previstas por la Institución, es de anotar, que en ningún momento el trabajador perderá beneficios laborales por realizar su trabajo desde casa.
En todo caso, la medida ocasional de teletrabajo, debe ser informada a la ARL para que los teletrabajadores tengan cubrimiento en casa, de ahí la importancia que cada superior inmediato reporte al área de Gestión Humana los turnos de teletrabajo, para reportar a la ARL.
7. Ningún jefe puede autorizar la salida de sus funcionarios para sus casas por incapacidad médica. Esto deberá aprobarse en el Centro de Salud.
8. Se levanta la medida de pico y placa al interior de la Universidad del Quindío. Sin embargo, el ingreso de vehículos estará regulado por el porte del carné institucional que identifica a los uniquindianos.
9. No podrá sacarse ningún equipo tecnológico o de laboratorio sin previa autorización y coordinación del jefe de la dependencia o del macroproceso.
10. Finalmente, se insta a que todos los funcionarios de la Universidad del Quindío apliquen acciones preventivas y de contención ante COVID-19, como lo son el adecuado y permanente lavado de manos con agua y jabón, al estornudar cubrirse con la parte interna del codo, limpieza y desinfección de los elementos que manipula frecuentemente, cuidar su salud y las de sus compañeros de trabajo, ventilar sus sitios de labor y no utilizar los aires acondicionados.
11. Ante la persistencia de síntomas asociados al COVID-19, pueden comunicarse a la línea de información y asesoría a la ciudadanía del Gobernación del Quindío, dispuesta para este fin 3225816422 – 3117306678 o desde el teléfono celular al 192.
12. Es importante tener en cuenta que el COVID-19 tiene una evolución incierta, por lo que estas medidas serán objeto de eventuales actualizaciones. Se reitera la importancia de estar informados a través de los medios oficiales.
PUESTO DE MANDO UNIFICADO
Universidad del Quindío