Mediante la Ley No. 2147 del 18 de agosto de 2021, el Congreso de la República de Colombia autorizó a la Asamblea Departamental del Quindío ordenar la emisión de la Estampilla Pro Universidad del Quindío, otorgando igualmente a esta corporación la potestad para fijar las características, hechos económicos, tarifas, actos administrativos, excepciones y demás aspectos esenciales relativos a su implementación.
Así mismo, se determina claramente que la cuantía de la presente estampilla será hasta por la suma de $ 50.000.000.000, indicando que, una vez se alcance dicho monto, perderá vigencia la presente Ley.
En cuanto a la destinación de los recursos recaudados por su uso, el ordenamiento jurídico demanda orientarlos a la adquisición de equipos de laboratorio, recursos educativos, apoyo a la investigación, transferencia de tecnología, mejoramiento de la infraestructura física del campus, entre otros servicios requeridos por la Institución. La Contraloría Departamental será el ente regulador asignado para garantizar el control y traslado oportuno de los rubros a la Universidad.
Del mismo modo, establece que la Rectoría uniquindiana deberá rendir informe semestral a la Asamblea Departamental del Quindío sobre el recaudo de los recursos provenientes de la estampilla y su destinación.
LEY-2147-DEL-18-DE-AGOSTO-DE-2021