En coherencia con la Tercera Misión Universitaria, que se posiciona en el mundo como alternativa estratégica para que las instituciones de educación superior respondan al mandato social de contribuir a la resolución de problemas a partir de la coproducción de conocimiento útil, y, siguiendo lo que dice el Estatuto uniquindiano de Investigaciones en este sentido, se reconoce como un factor prioritario la gestión de la transferencia de conocimiento y la innovación por medio de diversos mecanismos como incubadoras, disciplinas de emprendimiento, parques tecnológicos, políticas de protección a la propiedad intelectual, entre otros.
Ahora, para lograr que estos propósitos misionales y las acciones estratégicas asociadas pudieran ser salvaguardados y promovidos convenientemente, bajo la sombrilla jurídica de las leyes correspondientes, era imperativo para la Universidad contar con un régimen de protección de la propiedad intelectual que garantizara la equidad en la negociación y la protección del conocimiento que se produce en ciencia, tecnología e innovación, así como la integridad de sus autores en estos ámbitos.

Como consecuencia de estas evidencias y requerimientos de la sociedad, la Universidad del Quindío, en aras de garantizar el respeto, reconocimiento y adecuada gestión de los derechos citados, expidió los Acuerdos 075, del 14 de marzo de 2019, por medio del cual se estableció la Política de Propiedad Intelectual y 305, del 24 de noviembre de 2020, que determina un reglamento para la misma.
Pues bien, es a través de estos acuerdos que se logrará regular los lineamientos, instrumentos y procedimientos al interior de la institución, propendiendo por la protección y gestión del patrimonio intelectual, así como por el arbitraje justo de las posibles controversias que se presenten en torno a dichos temas.
Según Andrea Gómez Escudero, PhD, coordinadora de los procesos de Innovación y Transferencia de la alma mater, a instancias de la responsabilidad compartida por la Vicerrectoría de Extensión y Desarrollo Social y la Vicerrectoría de Investigaciones, una de las metas de la apropiación de la Política y el reglamento de Propiedad Intelectual por parte de la comunidad académica y de los demás actores que operan en esta red de relaciones, es que se contará con los lineamientos actualizados por los cuales se regirán estos procesos de forma expedita y eficiente.
En opinión de Gómez Escudero, estas decisiones administrativas son definitivas en el camino de “materializar procesos que fortalezcan la interacción con los diferentes sectores de la sociedad, permitiendo que el lenguaje de la transferencia sea comprendido y compartido por todos los actores involucrados, entre profesores, funcionarios administrativos, estudiantes de semilleros de investigación, empresarios, comunidades y Estado, convirtiéndonos en auténticos ‘políglotas’ en materia de investigación y transferencia del conocimiento y la innovación”.
Andrea Gómez Escudero, PhD Luis Fernando Polanía Obando, vicerrector de Extensión y Desarrollo Social
Por su parte, el vicerrector de Extensión y Desarrollo Social, Luis Fernando Polanía Obando, mostró su beneplácito por la decisión del Consejo Académico y manifestó la necesidad de construir una cultura de la transferencia basada en la apropiación social del conocimiento, impulsando la apropiación misma del concepto y las prácticas de protección de la propiedad intelectual, a través de una cátedra que permita dinamizar la Política y el Reglamento correspondientes.
Otro aspecto importante a considerar, según Polanía Obando, es el ajuste necesario de los tiempos y los resultados esperados por todas las partes, adecuando los ritmos, de común acuerdo con el sector productivo, el Estado y las comunidades locales, favoreciendo la continuidad de procesos de larga duración en materia de investigación básica, armonizándolos con los logros de su transformación en investigación aplicada, en respuesta a las necesidades de quienes serían socios de la universidad en el esfuerzo de co-construir transformaciones que beneficien la calidad de vida de la población, la sustentabilidad ambiental y la sostenibilidad en todas las dimensiones sociales, culturales y económicas.
Alejandra Grajales López, CATI
Finalmente, Alejandra Grajales López, funcionaria encargada de asesorar en materia del componente jurídico para la gestión de los derechos intelectuales en la Universidad del Quindío, agrega que en la actual sociedad del conocimiento, la información y el know how se convierten en herramientas indispensables para las negociaciones y la gestión de la propiedad intelectual, no solo en el sector académico sino en el sector productivo, es por ello, que los titulares de creaciones intelectuales deben salvaguardar dicho conocimiento y adoptar las estrategias adecuadas de protección y/o divulgación, por ello, la importancia de conocer sobre la propiedad intelectual para no infringir derechos de terceros y gestionar estratégicamente esos activos intangibles según sus intereses.
Es preciso resaltar que actualmente la institución cuenta con un amplio repertorio de obras científicas, artísticas y literarias, así como 18 patentes concedidas y 8 solicitudes en curso ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Alejandro Herrera Uribe
Apropiación Social del Conocimiento